Los colegios públicos y privados de Bogotá tendrán seis meses para adaptar sus Manuales de Convivencia o Pactos de Corresponsabilidad a las nuevas reglas sobre celulares y dispositivos con pantallas establecidas por la Secretaría de Educación mediante la Resolución 1037 de 2026.
La normativa, liderada por la secretaria de Educación, Julia Rubiano, dispone que, como regla general, los teléfonos celulares de los estudiantes permanezcan guardados, en silencio y fuera de la vista durante la jornada escolar. La restricción comprende las clases, los descansos y el periodo destinado al almuerzo.
El alcance de la medida cambia según la etapa educativa. En el Ciclo 1 y Prejardín se plantea el retiro progresivo de todos los dispositivos con pantalla de las aulas de educación inicial, con prioridad para actividades basadas en el juego y el movimiento.
Para los estudiantes de Jardín se establece un máximo de 10 minutos continuos de exposición y un límite acumulado de 30 minutos diarios. En Transición, el tiempo continuo podrá llegar a 15 minutos, mientras que el máximo acumulado seguirá siendo de 30 minutos al día.
En Básica Primaria se contemplan experiencias pedagógicas con pantallas hasta por una hora acumulada diariamente. La norma sugiere acompañar este uso con pausas activas.
La regulación adopta una condición diferente desde Octavo Grado. En ese nivel, los celulares podrán utilizarse únicamente cuando hagan parte de un proyecto pedagógico que esté bajo la supervisión de un docente.
La resolución no establece una prohibición sin excepciones. Entre las situaciones contempladas está el uso de dispositivos por parte de estudiantes que necesiten monitorear condiciones médicas, así como los casos de alumnos con discapacidades que requieran herramientas tecnológicas como ajustes razonables para su proceso de aprendizaje.
También se contemplan mecanismos relacionados con seguridad y privacidad para garantizar la protección de los datos personales y la intimidad de los menores.
El plazo de seis meses para realizar los cambios en las normas internas de los colegios comienza a partir del anuncio realizado en septiembre de 2026. La modificación de los Manuales de Convivencia o Pactos de Corresponsabilidad deberá hacerse de manera participativa.
La decisión de la Secretaría de Educación está sustentada en consultas y foros distritales desarrollados por la Alcaldía Mayor de Bogotá antes de la expedición de la resolución. En esos espacios se recopilaron datos sobre los hábitos de uso de dispositivos entre estudiantes y las dificultades identificadas por integrantes de la comunidad educativa.
Uno de los resultados mostró una diferencia entre el tiempo que los estudiantes calculaban dedicar al celular y el uso reportado en la práctica: mientras estimaban seis horas diarias, el promedio real registrado llegó a nueve horas.
El acceso a estos dispositivos también comienza a edades tempranas. El 87 % de los alumnos de Bogotá cuenta con un teléfono celular propio desde los 10 años.
La incidencia de los celulares dentro de las aulas fue señalada por los docentes. El 82 % de ellos manifestó que los estudiantes utilizan dispositivos móviles durante las clases para jugar o realizar actividades que no están relacionadas con el estudio.
Los efectos sobre la atención y el bienestar socioemocional también aparecieron en los foros educativos institucionales. Allí, el 62,3 % de los participantes consideró que los celulares generan serias dificultades de atención, mientras que el 45,3 % indicó que estos dispositivos afectan el bienestar socioemocional de los jóvenes.
La Resolución 1037 de 2026 establece así un esquema diferenciado por edades y niveles educativos, mantiene excepciones vinculadas con salud, inclusión, seguridad y privacidad, y da a los colegios de Bogotá un periodo de adaptación para incorporar las nuevas disposiciones a sus normas de convivencia.











